Prestación por desempleo para autónomos

Desde hace ya unos 15 días que está en rigor la nueva normativa mediante la cual, los autónomos tendrán derecho a una prestación de desempleo en caso de ser necesario, aunque para ello se deberán cumplir algunos requisitos específicos.


O sea a partir de ahora a demás de ciertas contingencias, como lo eran el seguro por accidente laboral o enfermedad profesional, también podrán acceder al seguro de desempleo, el cual se verá a través de un aumento del 1,7% mensual de su cupón (unos 15 euros).

Pero hay varios detalles a tener en cuenta. Para empezar, quienes sean autónomos dependientes, osea que más del 75% de sus ganancias provengan del mismo cliente, así también como los autónomos de riesgo, deberán inscribirse obligatoriamente. Por su parte los autónomos que no se encuentren en este colectivo, podrán optar entre entrar o no al nuevo plan.

A demás se exigirá un año mínimo de pago para poder comenzar a cobrar la prestación por desempleo, mientras que se podrá extender hasta 12 meses de cobro, siempre y cuando el solicitador haya aportado por al menos 48 meses, de lo contrario, solo recibirá la cantidad de meses equivalentes, a los meses abonados, siguiendo la misma regla recién mostrada.

Vía | contafisca

Escrito por Black Label | 20 de Noviembre de 2010 con 2 comentarios.
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